viernes, 6 de noviembre de 2009

CAMBIOS CURRICULARES PERMITIDOS SEGÚN INSTANCIAS DE APROBACIÓN

Tipos de cambios curriculares permitidos de acuerdo a instancias de aprobación, y según la COMISION CENTRAL DE CURRÍCULO de la UCV:

 13. MODIFICACIONES CURRICULARES

 Modificación menor: Son las que se encuentran en las modificaciones de programas de asignaturas o unidades curriculares, cambio de denominación de programas, formas de evaluación, ajustes a nivel de créditos, eliminación, modificación o creación de ángulos electivos que no implique cambio en el número toral de créditos. Instancia de aprobación: Consejo de Escuela y Consejo de Facultad.

 Modificación Intermedia: Son aquellas modificaciones que se dan a nivel de  la estructura y los componentes del plan de estudio, perfil y fundamentos del currículo, sistema de créditos. Eliminación o inclusión de una asignatura o unidad curricular. El cambio debe entrar en vigencia en el periodo siguiente. Instancia: Consejo de Escuela y Consejo de Facultad.

 Modificación Mayor: Son las relacionadas con los cambios en la estructura académica, sistema de evaluación, periodos de regímenes, duración y tiempo de la carrera y cambios en el total de créditos. Modificación profunda del plan de estudio. Instancia: Consejo de Escuela, Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Consejo Nacional de Universidades.

 Fuente: Lineamientos curriculares para formular diseños de carreras o rediseños curriculares en la UCV. 17 Mayo de 2006. http://www.ucv.ve/fileadmin/user_upload/ comision_curricular/Docu/CCC/ lineamientos1.pdf . CONSULTA: 06-11-2009

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